FISCAL. ¿Existe obligación de presentar el Modelo 202 de pago fraccionado del Impuesto de Sociedades si es negativo?

9
Mayo
Para responder a esta cuestión debemos distinguir las dos modalidades de pago fraccionado que existen actualmente en el Impuesto sobre Sociedades.

Modalidad del artículo 40.2 de la LIS

Es la modalidad general, y el importe a ingresar se obtiene como resultado de aplicar el 18% a la cuota íntegra del último período impositivo (o dicho de otro modo: 18% sobre la casilla 599 de último Impuesto de Sociedades liquidado). No será obligatoria la presentación cuando no deba efectuarse ningún ingreso en el período correspondiente.

Modalidad del artículo 40.3 de la LIS

Aplicable obligatoriamente a entidades de las que el importe neto de la cifra de negocio haya superado la cantidad de 6 millones de euros durante los 12 meses anteriores a la fecha en que se inicie el período impositivo al que corresponda el pago fraccionado. La presentación será obligatoria con independencia del resultado, sea positivo o negativo.

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