Contable. Se puede renunciar al «Suministro Inmediato de Información » (SII) del IVA?
Sí se puede renunciar a su aplicación siempre que se haya acogido al SII de forma voluntaria, ya que si está obligado legalmente no podrá renunciar. Hay que recordar que el SII es obligatorio para los sujetos pasivos del IVA con período de liquidación del IVA mensual. Es decir, se aplica en los que están …