Aquellos contribuyentes que por el hecho de obtener rendimientos del trabajo en una cuantía comprendida entre 14.000 € y 22.000 € de más de un pagador y, que están obligados a presentar la declaración de la renta, podrán optar a una nueva deducción autonómica en Cataluña.
El importe de esta deducción será el resultado de restar de la cuota íntegra autonómica la cuota íntegra estatal, siempre y cuando, la diferencia sea positiva.
Hay unos requisitos para poder aplicar, aparte del citado.
• Si los rendimientos íntegros del trabajo son superiores a los 22.000 €, igualmente se deberá presentar la declaración.
• Si la suma de los rendimientos del capital mobiliario y ganancias patrimoniales con retención son superiores a 1.600 € entonces no podremos optar.
• Tampoco si la suma de rentas inmobiliarias imputadas y demás ganancias patrimoniales derivadas de ayudas públicas son superiores a 1.000 €.
• Y en ningún caso se podrá optar si se perciben rendimientos del capital mobiliario, inmobiliario, de actividades económicas o ganancias patrimoniales no sometidos a retención, independientemente de su cuantía.