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Nov
05/11/2020
El pasado día 22 de octubre entró en vigor el Decreto Ley 34/2020 aprobado por la Generalitat para promover las negociaciones entre propietarios y arrendatarios de locales comerciales e industriales en cuanto la reducción del alquiler en los periodos de suspensión o restricción de la actividad.
En resumen se determina lo siguiente:
• Que la iniciativa sólo es aplicable a actividades industriales o comerciales afectadas por medidas de suspensión de actividad por la Covid-19.
• A petición del arrendatario se intentará un acuerdo en el plazo de un mes.
Si no hay acuerdo:
• Con suspensión de actividad: reducción del 50% mientras dure la suspensión.
• En caso de restricción parcial: reducción a la mitad de la pérdida del aprovechamiento. Si las medidas de suspensión del desarrollo de la actividad o de restricción de aprovechamiento se prolongan más de tres meses en el curso de un año a contar desde el 22 de octubre, el arrendatario podrá desistir del contrato, sin penalización .