Jurídico. Medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler

8
Ene

El 18 de Diciembre de 2018, se ha publicado en el BOE el Real Decreto Ley 21/2018, de 14 de Diciembre, de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler. Este Real Decreto Ley no tiene efectos retroactivos, por lo que no resulta de aplicación a los contratos de arrendamiento firmados con anterioridad a su entrada en vigor, el día 15 de diciembre.

Entre otras se alargan de 3 a 5 años los plazos de prórroga obligatoria de los contratos de arrendamiento de vivienda, y hasta 7 si el arrendador es persona jurídica. También se amplía el tiempo de prórroga si, cumplidos los 5 o 7 años, no existe comunicación de no renovarlo, pasando de 1 a 3 años. Asimismo, se limita la garantía adicional.

En segundo lugar, se incrementa el importe del Fondo de Reserva de las comunidades de propietarios, estableciendo la posibilidad de que estos recursos se destinen a la realización de obras obligatorias de accesibilidad.

En tercer lugar, se introducen cambios en el procedimiento de desahucio cuando afecte hogares más vulnerables.