MERCANTIL. El derecho de información de los socios en una sociedad limitada

14
Oct
La reciente Sentencia del Tribunal Supremo de 29 de mayo de 2024 (Sentencia núm. 762/2024) aborda el derecho de información de los socios a las sociedades limitadas y establece importantes distinciones entre la información esencial y la información útil o relevante.

El Tribunal Supremo aclara qué es necesario entender por información esencial para impugnar un acuerdo social. La información esencial es aquella necesaria para que el socio pueda deliberar y votar adecuadamente los acuerdos afectados. No se trata simplemente de información útil o relevante, sino de aquella cuya ausencia impediría el pleno ejercicio de los derechos de participación del socio.

En la sentencia se establece que: la información racionalmente útil o relevante es necesaria para la tutela de los derechos de los socios y debe proporcionarse. Sin embargo, la información esencial es aquella que en su defecto justifica la impugnación de acuerdos sociales.