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FISCAL. ¿Cómo actuar si se recibe una diligencia de embargo de créditos?
05/05/2023
Si recibimos la diligencia y no estamos obligados al pago porque no somos los deudores, sino proveedores o alguien a quien le debemos dinero (o le debíamos) habrá que contestar a la diligencia de embargo de créditos. Se recibe la diligencia de embargo de créditos porque el NIF del deudor aparece en alguna declaración presentada …